EMIR OLIVARES ALONSO
Un juzgado federal en materia de amparo consideró ''incompetente'' al juez segundo de lo penal de Toluca que analiza el caso de los detenidos en San Salvador Atenco los pasados 3 y 4 de mayo, al considerar que el auto de formal prisión que el juzgador dictó contra los atenquenses ''es violatorio de las garantías'' de los inculpados, por lo que si el Ministerio Público federal no acude a un recurso de revisión, el titular del juzgado de la capital mexiquense tiene dos opciones: dejar en libertad a los presos por esos hechos o decretar un nuevo auto de formal prisión transfiriendo el proceso a Texcoco, que es donde se suscitaron los hechos.
Tras analizar una demanda de amparo promovida por la defensa de los detenidos, el juez federal de la causa, Willy Vega, encontró diversas irregularidades en las que incurrió Jaime Maldonado, juez segundo de lo penal de Toluca, para ''acreditar su competencia''; sin embargo, a pesar de las irregularidades (plasmadas en la resolución), Vega sólo proporcionó un ''amparo de efecto'', con lo que da oportunidad al Ministerio Público federal para que acuda al recurso de revisión, con lo que se continuaría atrasando el proceso contra los detenidos, lo que viola el artículo 17 constitucional.
En su resolución establece: ''Este órgano constitucional (el juzgado primero de distrito en materia de amparo) estima que la violación constitutiva del auto reclamado carece de motivación suficiente para emitir el auto de formal prisión impugnado''.
Pedro Suárez y Juan de Dios Hernández, abogados de los quejosos, consideraron que no obstante que Vega acreditó la violación a las garantías de los acusados, con esa decisión ''violenta'' el artículo 80 de la Ley Federal de Amparo, en el que se establece que el efecto de este recurso legal es restituir al quejoso el uso y goce de sus garantías, lo cual sólo se presentaría con la absoluta libertad.
Con esta decisión, Vega establece que el auto de formal prisión en contra de los simpatizantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) no se encuentra debidamente acreditado, por lo que no compete a un juzgado de Toluca dar visto al caso.
A pesar de que el amparo otorgado no resultó ''liso y llano'', los defensores legales consideraron que si Maldonado se apega a la Constitución y a los principios del derecho tendría que optar por el auto de libertad y no por trasladar el proceso a Texcoco.
En la resolución adoptada por Vega, se enumeran cada una de las irregularidades en las que incurrió el juez de Toluca para intentar acreditar su competencia, mismas que fueron rechazadas por el juzgador federal. Debido a ello, señalaron los abogados de los detenidos, ''no puede subsanar'' la investigación realizada por el Ministerio Público, porque de hacerlo sería parcial al Estado.
Tras la resolución federal, el Ministerio Público tiene 10 días hábiles (a partir del pasado 26 de diciembre) para acudir al recurso de revisión y, de no hacerlo, Maldonado contaría con 24 horas para optar por el auto de libertad o de formal prisión. Lo que sí es un hecho es que ya no podrá ser el juez del caso debido a su incapacidad para acreditar su competencia.
La historia
A casi ocho meses (240 días) de los hechos de los pasados 3 y 4 de mayo en San Salvador Atenco, 30 personas permanecen detenidas debido a su presunta responsabilidad en la comisión de los delitos de ataques a las vías de comunicación y secuestro equiparado. De éstas, 27 están presas en el penal de Santiaguito y otros tres en el de máxima seguridad Altiplano, ambos en Almoloya de Juárez.
Tras ser detenidos, el juez segundo penal de Toluca dictó el primer auto de formal prisión en contra de los inculpados el 10 de mayo de 2006, a lo que la defensa de la mayoría respondió con una demanda de amparo promovida días después.
Ante esa solicitud, el juez Vega resolvió a mediados de agosto pasado que Maldonado tendría que acreditar el traslado de los detenidos de Atenco a Texcoco y, de no hacerlo, debía resolver un nuevo auto de formal prisión o de libertad.
A esa resolución, Maldonado respondió con un nuevo auto de formal prisión, dictado el 31 de agosto de 2006, y envió al juez federal un acta en la que presuntamente acreditaba su competencia debido a la ''peligrosidad'' de los inculpados, ante lo que la defensa legal de los acusados respondió con una nueva demanda de amparo. Con la reciente decisión de Vega, esa competencia queda descartada y es ''inválida''.
Entre los argumentos que Vega esgrime para llegar a dicha decisión está el hecho de que Maldonado y el Ministerio Público (al momento de conformar la averiguación previa) alegaron que debido a la ''peligrosidad'' de los detenidos y la gravedad de los ilícitos fue que se les trasladó de Atenco a Almoloya, a pesar de que Texcoco era la jurisdicción a la que tocaba conocer del caso; frente a este argumento, Vega refiere que es ''llegar al extremo absurdo de pretender la creación en los estados de centros de reclusión donde permaneceran únicamente personas a las cuales se les atribuyera la comisión de delitos considerados graves por ley''.
Asimismo, Vega subraya que el juez de Toluca y el Ministerio Público no acreditaron la peligrosidad de los detenidos, amén de que no demostraron imputaciones directas. El juzgador federal recalca que las acusaciones de los policías que denunciaron haber sido agredidos son ''idénticas'', hecho del que debió percatarse el juzgador mexiquense, por lo que carecen de validez.
Agrega que al solicitarle elementos que justificaran la razón por la que los inculpados debían ser juzgados en Toluca y no en Texcoco, Maldonado se limitó a dar los datos personales de los detenidos, que ''no revelan las características personales de los quejosos y, con independencia de la gravedad de los mismos, en tanto se alteró el orden social, no existe razón legal para que se le someta a proceso en diversa circunscripción territorial a la de la comisión de delito''.
También recalca que se atentó contra el principio de inocencia de los inculpados, porque se dio mayor peso a las declaraciones de los policías que acusaban de manera general que a los propios atenquenses. ''Ahora el Ministerio Público no es el que tiene que demostrar la culpabilidad, sino que el acusado es el que tiene que demostrar su inocencia, lo que atenta contra el derecho'', afirmaron los abogados.
Un juzgado federal en materia de amparo consideró ''incompetente'' al juez segundo de lo penal de Toluca que analiza el caso de los detenidos en San Salvador Atenco los pasados 3 y 4 de mayo, al considerar que el auto de formal prisión que el juzgador dictó contra los atenquenses ''es violatorio de las garantías'' de los inculpados, por lo que si el Ministerio Público federal no acude a un recurso de revisión, el titular del juzgado de la capital mexiquense tiene dos opciones: dejar en libertad a los presos por esos hechos o decretar un nuevo auto de formal prisión transfiriendo el proceso a Texcoco, que es donde se suscitaron los hechos.
Tras analizar una demanda de amparo promovida por la defensa de los detenidos, el juez federal de la causa, Willy Vega, encontró diversas irregularidades en las que incurrió Jaime Maldonado, juez segundo de lo penal de Toluca, para ''acreditar su competencia''; sin embargo, a pesar de las irregularidades (plasmadas en la resolución), Vega sólo proporcionó un ''amparo de efecto'', con lo que da oportunidad al Ministerio Público federal para que acuda al recurso de revisión, con lo que se continuaría atrasando el proceso contra los detenidos, lo que viola el artículo 17 constitucional.
En su resolución establece: ''Este órgano constitucional (el juzgado primero de distrito en materia de amparo) estima que la violación constitutiva del auto reclamado carece de motivación suficiente para emitir el auto de formal prisión impugnado''.
Pedro Suárez y Juan de Dios Hernández, abogados de los quejosos, consideraron que no obstante que Vega acreditó la violación a las garantías de los acusados, con esa decisión ''violenta'' el artículo 80 de la Ley Federal de Amparo, en el que se establece que el efecto de este recurso legal es restituir al quejoso el uso y goce de sus garantías, lo cual sólo se presentaría con la absoluta libertad.
Con esta decisión, Vega establece que el auto de formal prisión en contra de los simpatizantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) no se encuentra debidamente acreditado, por lo que no compete a un juzgado de Toluca dar visto al caso.
A pesar de que el amparo otorgado no resultó ''liso y llano'', los defensores legales consideraron que si Maldonado se apega a la Constitución y a los principios del derecho tendría que optar por el auto de libertad y no por trasladar el proceso a Texcoco.
En la resolución adoptada por Vega, se enumeran cada una de las irregularidades en las que incurrió el juez de Toluca para intentar acreditar su competencia, mismas que fueron rechazadas por el juzgador federal. Debido a ello, señalaron los abogados de los detenidos, ''no puede subsanar'' la investigación realizada por el Ministerio Público, porque de hacerlo sería parcial al Estado.
Tras la resolución federal, el Ministerio Público tiene 10 días hábiles (a partir del pasado 26 de diciembre) para acudir al recurso de revisión y, de no hacerlo, Maldonado contaría con 24 horas para optar por el auto de libertad o de formal prisión. Lo que sí es un hecho es que ya no podrá ser el juez del caso debido a su incapacidad para acreditar su competencia.
La historia
A casi ocho meses (240 días) de los hechos de los pasados 3 y 4 de mayo en San Salvador Atenco, 30 personas permanecen detenidas debido a su presunta responsabilidad en la comisión de los delitos de ataques a las vías de comunicación y secuestro equiparado. De éstas, 27 están presas en el penal de Santiaguito y otros tres en el de máxima seguridad Altiplano, ambos en Almoloya de Juárez.
Tras ser detenidos, el juez segundo penal de Toluca dictó el primer auto de formal prisión en contra de los inculpados el 10 de mayo de 2006, a lo que la defensa de la mayoría respondió con una demanda de amparo promovida días después.
Ante esa solicitud, el juez Vega resolvió a mediados de agosto pasado que Maldonado tendría que acreditar el traslado de los detenidos de Atenco a Texcoco y, de no hacerlo, debía resolver un nuevo auto de formal prisión o de libertad.
A esa resolución, Maldonado respondió con un nuevo auto de formal prisión, dictado el 31 de agosto de 2006, y envió al juez federal un acta en la que presuntamente acreditaba su competencia debido a la ''peligrosidad'' de los inculpados, ante lo que la defensa legal de los acusados respondió con una nueva demanda de amparo. Con la reciente decisión de Vega, esa competencia queda descartada y es ''inválida''.
Entre los argumentos que Vega esgrime para llegar a dicha decisión está el hecho de que Maldonado y el Ministerio Público (al momento de conformar la averiguación previa) alegaron que debido a la ''peligrosidad'' de los detenidos y la gravedad de los ilícitos fue que se les trasladó de Atenco a Almoloya, a pesar de que Texcoco era la jurisdicción a la que tocaba conocer del caso; frente a este argumento, Vega refiere que es ''llegar al extremo absurdo de pretender la creación en los estados de centros de reclusión donde permaneceran únicamente personas a las cuales se les atribuyera la comisión de delitos considerados graves por ley''.
Asimismo, Vega subraya que el juez de Toluca y el Ministerio Público no acreditaron la peligrosidad de los detenidos, amén de que no demostraron imputaciones directas. El juzgador federal recalca que las acusaciones de los policías que denunciaron haber sido agredidos son ''idénticas'', hecho del que debió percatarse el juzgador mexiquense, por lo que carecen de validez.
Agrega que al solicitarle elementos que justificaran la razón por la que los inculpados debían ser juzgados en Toluca y no en Texcoco, Maldonado se limitó a dar los datos personales de los detenidos, que ''no revelan las características personales de los quejosos y, con independencia de la gravedad de los mismos, en tanto se alteró el orden social, no existe razón legal para que se le someta a proceso en diversa circunscripción territorial a la de la comisión de delito''.
También recalca que se atentó contra el principio de inocencia de los inculpados, porque se dio mayor peso a las declaraciones de los policías que acusaban de manera general que a los propios atenquenses. ''Ahora el Ministerio Público no es el que tiene que demostrar la culpabilidad, sino que el acusado es el que tiene que demostrar su inocencia, lo que atenta contra el derecho'', afirmaron los abogados.
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